viernes, 9 de octubre de 2020

JEFES ESCLAVISTAS

 


Con cada día que pasa se pone en evidencia a más de un empresario que con frases de cajón quiere justificar y romantizar el maltrato y la explotación laboral a sus colaboradores, pretendiendo que estos asuman las consecuencias negativas que puedan presentarse y que no siendo esto suficiente la asuman desde una entrega desinteresada.

Mientras que el diccionario define Jefe como:

El jefe es la cabeza de una organización. Se trata de una persona que se encuentra en el puesto superior de una jerarquía y que tiene las facultades necesarias para mandar a sus subordinados.[i]

Muy pocos empleados pueden atribuirle verdaderas cualidades de liderazgo a los suyos y más bien los definen como “la persona que da las ordenes”

Para Juan Carlos Cubeiro, director de la consultora Eurotalent, especializada en desarrollo estratégico y directivo, "la ignorancia que atesoran estos líderes suele provocar comportamientos tiránicos, que intoxican el ambiente laboral de las empresas".[ii]

La esclavitud moderna, es esa que hace que los empleadores y jefes estén convencidos de que sus empleados y colaboradores les deben algo más allá de lo pactado en sus contratos, que les deben amor, pleitesía o que deben agradecer que les paguen su salario, como si este fuera un favor y no una contraprestación en la relación laboral.

Es muy iluso creer que la gente debe agradecer los malos tratos, porque quien te los proporciona es la persona que firma la nómina; esto bajo ninguna circunstancia debería ser aceptado como una situación laboral ideal.

Hay principios éticos y sociales que en las relaciones laborales deben estar presentes, así como el cabal cumplimiento de obligaciones, el respeto, la lealtad, el compromiso, sin que este se traduzca en horas extras no reconocidas o en adoración a los jefes.

No se debe ceder a la presión de expresiones como “hay que ponerse la camiseta” de un jefe y una empresa que no respeta, que no valora, que no tiene en cuenta la dimensión humana del empleado, pues este no solo se limita a ser un trabajador, anulándole la posibilidad de tener calidad en su vida familiar, un pasatiempo, de crecer académicamente, dimensiones que no deben significar un impedimento para desarrollarse en un trabajo, que son un complemento, que son parte de un todo; pero tampoco deben ser suprimidos por un trabajo.

Nadie debería aplazar citas médicas importantes, o faltar a un evento importante de los hijos, por temor a las represalias de solicitar un permiso, que deberían ser otorgados solo con cumplir los requisitos propios de cada uno.

Cada área de la vida requiere esfuerzo, dedicación, tiempo; necesitamos desarrollarnos en diferentes aspectos, para balancear, para que todo encuentre un equilibrio y varias de nuestras metas puedan ser realizables, sin que sea un jefe esclavista, un impedimento para eso.

Porque no es el trabajo, no son las responsabilidades, no es la cantidad de esfuerzo, ni de empeño; son los malos ambientes laborales, son los malos jefes, los que aumentan el estrés, generan ambientes laborales insoportables, aprovechándose en muchas ocasiones de la necesidad del ingreso económico que ese trabajo le provee al empleado.

“Trabajar para un mando que carece de las cualidades necesarias para manejar personal provoca frustración, daña la salud y frena el crecimiento profesional, precisa un informe de la bolsa de trabajo OCCMundial.com sobre liderazgo y equipos poco productivos”[iii]

Hay jefes que creen que les debes amor, todo tu tiempo, obediencia y sumisión, porque no han superado la mentalidad esclavista, esa que les hace creer que pueden sentarte en su oficina a decirte lo que debes o no hacer con tu vida personal y privada, esa que poco o nada tiene que ver con tu desempeño laboral.

Esos que están convencidos de que pueden imponerte su religión, su moral o visión del mundo, porque sí, porque creen que deben moldearte a su imagen y semejanza; con premios si la acatas y con castigos si haces caso omiso a ellas, porque para tener siempre un lugar a su lado, es fundamental que reniegues de tu esencia y dignidad.

Esos que son irascibles, que pierden la paciencia, que no son estrategas, ni capaces de dirigir su propio negocio, por sus propias carencias y culpan a los empleados de lo que ellos no saben enseñar, pedir o hacer.

Los trabajadores a las órdenes de líderes más inteligentes emocionalmente son más efectivos y gozan de mejor salud que los que tienen jefes "mediocres" que, además de estrés laboral, pueden aumentar el riesgo de que sus empleados padezcan hipertensión o un ataque al corazón.[iv]

La esclavitud laboral moderna, no se trata de que no te exijan metas, que no debas cumplir con aquello para lo que se te contrato, no desconoce que hay jornadas extensas o imprevistos, porque el jefe esclavista, cree que la gente no quiere sacrificarse por él y justifica su explotación en que sus colaboradores son flojos o inútiles; estos jefes esclavistas creen que pueden exigir sin dar y que cualquier muestra de empatía y humanidad, lo traducirían los demás en debilidad; que reconocer los derechos de los trabajadores es hacerles un favor, como si estos no fueran seres humanos dignos de respeto y consideración.

Hay malos jefes, pero dentro de los peores, están los jefes esclavistas, los que acomodan las cosas a su beneficio, sin tener en cuenta a sus empleados; los que esperan respeto, mientras continuamente irrespetan a sus empleados.

Los que se creen reyes y tratan a sus empleados como súbditos, como personas incapaces, como seres de su propiedad, a los que pueden exigirles en demasía y que deberían hacerles reverencias.

Los que no saben para donde van y culpan a sus empleados por no seguir el curso. Los que improvisan sus decisiones, basándose en sus emociones momentáneas.

Los que escuchan a los que son como el, pero descartan a quienes proponen cambios; los que tachan de sinvergüenzas o problemáticos a quienes exigen el cumplimiento de sus derechos como derechos y no como favores, porque no lo son.

La verdad es que es muy triste que las empresas no se den cuenta de esta clase de acciones y permiten que sus mejores empleados se vayan, o en otros casos los malos jefes cambian a los buenos empleados cualificados en personas que les da todo igual, es decir no aportan más de lo que se les pide, porque esta persona debilita cualquier intento[v]

Y logran totalmente lo opuesto a lo que pretenden, pues los jefes esclavistas no logran conectar con su equipo de trabajo, ni generar sentido de pertenencia, pues les hace sentir que no pertenecen.

Tampoco avanzan en la consecución de metas más altas o mejores resultados, que es lo que supuestamente pretenden con su forma de liderazgo.

De hecho, la falta de una buena cabeza del negocio está muy estrechamente relacionada con un negocio mal gestionado e incluso puede llevar a la ruina al negocio o empresa. Contar con un excelente líder, con una buena autoridad es clave para la productividad en la empresa.[vi]

Un buen jefe es fundamental para el crecimiento de cualquier empresa y el buen ambiente laboral es indispensable para el óptimo desarrollo de las capacidades del personal que en ella laboral, y esto se traduce en mejores resultados y mayores probabilidades de éxito.  

 

ARTÍCULOS RELACIONADOS

 


[i] Definicion.De https://definicion.de/jefe/

[ii] Borja, V. Algunos jefes son muy malos para la salud; https://elpais.com/diario/2007/01/14/negocio/1168786054_850215.html

[iii] Un mal jefe daña tu productividad https://expansion.mx/mi-carrera/2013/10/08/cae-50-la-productividad-con-un-mal-jefe

[iv] 5 claves de la inteligencia emocional para ser jefe; https://www.entrepreneur.com/article/262098

[v] Cuando un jefe daña a los empleados; https://creditoagil.com/malos-jefes/

[vi] Liderazgo y productividad; https://www.gestion.org/liderazgo-y-productividad/

 


martes, 21 de julio de 2020

ACOSO SEXUAL LABORAL




El acoso sexual laboral es otra de las formas de violencia que las mujeres tenemos que enfrentar, porque, aunque se lea repetitivo en este blog, es una conducta que afecta en su mayoría a las mujeres y que a pesar de todo lo reprochable que es, no ha dejado de estar presente en los espacios de trabajo.

A una larga lista de desigualdades que las mujeres de todas partes debemos afrontar, se le suman las asociadas al mundo laboral, que no son distintas a las cotidianas, pues la raíz de todo se encuentra en la mentalidad de los perpetradores y la vulnerabilidad de las víctimas.
Es así como hombres y mujeres, una vez más están en una relación desigual y son estos primeros quienes convierten el espacio de trabajo, en un lugar inseguro.

Se supone que el trabajo dignifica y que es un derecho para hombres y mujeres en la misma proporción. Pero los derechos de las mujeres, esos que escritos en papel son una maravilla, en la realidad son solo palabras muy fáciles de ignorar.

Mientras los hombres sigan considerando a la mujer, un ser humano de segunda categoría, aquel miembro de la especie que está para atender sus necesidades, va a seguirse reproduciendo la idea de que las mujeres somos objeto de deseo del otro, se nos ve como algo y se nos trata muy por debajo de las expectativas.
Las empresas y en general los entornos laborales y de trabajo, están llenos de testosterona no controlada, esa que dicta que, si se comparte el espacio con una mujer, está debe ser la que sirva el tinto el tinto en las reuniones, es la persona a la que se le mira su físico y sobre la cual todos se sienten con derecho a opinar o a acosar.

Las mujeres no tenemos por qué soportar el suplicio de la falta de control de los impulsos de hombres que no tienen una correcta formación sexual, que ven en el escote de una compañera de trabajo una invitación sexual a su nombre. Ni somos las responsables de las ideas arcaicas que tradicionalmente las religiones nos impusieron, como las causantes de los deseos irrefrenables de los hombres.No somos la causa de la falta de educación y formación sexual masculina, pero si somos las victimas de ella. 

Por eso debemos alzar la voz cada vez más fuerte, por cada una que ha sido objeto de comentarios de índole sexual, por aquella a la que rozan o frotan sin su consentimiento; por aquella a la que han texteado insolencias; por aquella a la que siendo mejor que los demás, fue descrita como la que llegó a donde está por favores sexuales; por aquella que recibe correos electrónicos con insistentes invitaciones que ha rehusado mil veces; por aquella que ha sido objeto de las miradas libidinosas y las sonrisas macabras de un macho que considera que ella está ahí para satisfacer sus fantasías; por aquella que no va a la cafetería para no ser abrazada, ni tocada; por aquella que recibió fotos intimas de un jefe o compañero de trabajo sin ser pedidas; por aquella que ha dejado un trabajo por el que luchó porque no soportó el acoso por parte del jefe o algún compañero de trabajo; por aquella que sale a visitar a los clientes y estos le faltan el respeto agarrando sus cinturas o sus cuerpos sin permiso y siente que debe aguantarlo para no perder el trabajo.
Por todas y cada una de las mujeres que hemos tenido la sensación de ser las culpables de estas conductas.

  1. ¿QUE ES EL MOBBING O ACOSO LABORAL?
“Toda conducta que, realizada en el contexto de una relación de prestación de servicios profesionales, tiene por objeto o por efecto la creación de un ambiente intimidatorio, ofensivo o humillantes para una o varias personas, susceptibles de provocar daños a su integridad personal, ya en su vertiente física, psíquica o en la moral”[i]
Se entenderá por acoso laboral toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.[ii]

  1. MODALIDADES GENERAL DE ACUERDO A LA LEY 1010 DE 2006
2.1Maltrato laboral. Todo acto de violencia contra la integridad física o moral, la libertad física o sexual y los bienes de quien se desempeñe como empleado o trabajador; toda expresión verbal injuriosa o ultrajante que lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre de quienes participen en una relación de trabajo de tipo laboral o todo comportamiento tendiente a menoscabar la autoestima y la dignidad de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral.

2.2 Persecución laboral
: toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.

2.3. Discriminación laboral: todo trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar o nacional, credo religioso, preferencia política o situación social o que carezca de toda razonabilidad desde el punto de vista laboral.

2.4. Entorpecimiento laboral: toda acción tendiente a obstaculizar el cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o retardarla con perjuicio para el trabajador o empleado. Constituyen acciones de entorpecimiento laboral, entre otras, la privación, ocultación o inutilización de los insumos, documentos o instrumentos para la labor, la destrucción o pérdida de información, el ocultamiento de correspondencia o mensajes electrónicos.

2.5. Inequidad laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador.

2.6. Desprotección laboral: Toda conducta tendiente a poner en riesgo la integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones sin el cumplimiento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.
[iii]

Sin embargo, está ley se quedó corta en algunas definiciones y dejó por fuera situaciones como el acoso laboral organizacional, así como lo poco efectivo del procedimiento para prevenir estas situaciones, sin mencionar las dificultades en las que se encuentra una persona víctima de estas conductas a nivel probatorio y la poca cultura de protección a las víctimas que en este escenario no es una excepción, pues quien denuncia, suele ser catalogado como persona problemática, “delicada” y termina siendo objeto de duras críticas.

  1. OTRAS MODALIDADES DE ACOSO LABORAL:
Hay modalidades de acoso que la realidad nos exige tener presentes estas son:
a.    El acoso laboral maternal

b.    El acoso sexual laboral

c.    El acoso a través de los medios electrónicos

d.    El acoso organizacional

4.    ¿QUÉ ES EL ACOSO SEXUAL?

“Comportamiento en función del sexo, de carácter desagradable y ofensivo para la persona que lo sufre. Para que se trate de acoso sexual es necesaria la confluencia de ambos aspectos negativos: no deseado y ofensivo”.[iv]

5. El ACOSO SEXUAL ES UN DELITO

Este delito, fue incluido en el código penal en el artículo 210 A,  como un delito mediante el artículo 29 de la ley 1257 de 2008[v]

Artículo 210 A. Acoso sexual. El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años.[vi]

6.    CUANDO SE CONFIGURA EL ACOSO SEXUAL SEGÚN LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.[vii]

a.    Un acto verbal o físico que implica “acciones, tocamientos, señas o conductas de naturaleza sexual y que no constituyen un delito más grave”
b.    Debe haber una relación de superioridad (asimetría entre la víctima y el agresor)
c.    Debe ser una conducta repetitiva, insistente, que genere mortificación en la víctima.
d.    conductas no consentidas que buscan un favor sexual en beneficio propio o de un tercero
e.    no se trata de un delito de resultado, en lo que al cometido eminentemente sexual respecta, puesto que no necesariamente se desea la relación sexual, si no que la conducta va orientada a hacer comentarios obscenos, insinuaciones, ligeros tocamientos.



7.    ACOSO SEXUAL LABORAL

La OIT define el acoso sexual como un comportamiento en función del sexo, de carácter desagradable y ofensivo para la persona que lo sufre. Para que se trate de acoso sexual es necesaria la confluencia de ambos aspectos negativos.

El acoso sexual puede presentarse de dos formas:

1) Quid Pro Quo, cuando se condiciona a la víctima con la consecución de un beneficio laboral - aumento de sueldo, promoción o incluso la permanencia en el empleo - para que acceda a comportamientos de connotación sexual, o;
2) ambiente laboral hostil en el que la conducta da lugar a situaciones de intimidación o humillación de la víctima.[viii]

Uno de los reclamos a los que se sienten con derecho los hombres es decir que “ahora todo es acoso, que antes a las mujeres se les podían decir piropos y ser galantes y que las mujeres eran felices con eso”, ante esa clase de comentarios uno debe respirar hondo, a veces es difícil creer que uno tenga de interlocutor a una persona que no es capaz de reconocer que la molestia que ahora expresan las mujeres no es nueva, lo que es nuevo es poder alzar la voz, con un poco más de certeza de ser escuchada y no ser tildada como culpable de las conductas inapropiadas en su contra. Y que eso que según él es galantería, quizá lo sería si existiera por la otra parte consentimiento, pero que, siendo capricho suyo, son acoso.

Las mujeres de antes, sentían una obligación de sometimiento al poder masculino y al existir desigualdades en estudios y puestos ocupados, se tomaba esta subordinación como una especie de permiso para acosar, no es que todo ahora sea acoso, siempre ha sido acoso.

Sin embargo, vencer los temores asociados a la denuncia es algo que aun cuesta mucho a varias mujeres.
Ser educadas en la culpa, ser criadas en la obediencia ciega a las figuras masculinas del hogar y la sociedad, juegan un papel en contra de nosotras, que en situaciones de vulneración de derechos por parte de un hombre hace que se lleguen a generar sentimientos encontrados.

El miedo a perder el trabajo y lo más común en ámbitos laborales, ser catalogada como “la zorra que se lo buscó”, “la bandida que lo propició”, entre otras, porque de alguna manera las mujeres cargamos el lastre histórico de ser las culpables de los deseos de los hombres y de las acciones que les siguen a estos deseos, cuando los únicos culpables son ellos mismos.

También es de suma importancia mencionar que debido a la poca importancia que se le da en las empresas a la regulación de estas conductas, las mujeres que denuncian son catalogadas como “empleadas problemáticas” “muy sensibles”, como si aguantar conductas de acoso sexual fuera una obligación y la que más aguante es la más fuerte.



8. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ACOSO SEXUAL LABORAL

·         Un comportamiento sexual o de connotación sexual
·         Indeseado por el sujeto afectado
·         Se desarrolla en el ámbito de organización y dirección del empresario.

Cada caso contiene variables distintas, puesto que el victimario y la victima son personas distintas y la evolución de los estudios sobre este delito, ha sido a mi parecer muy lenta y bastante permisiva con los hombres.

El acoso sexual laboral, tiene por objetivo hacer sentir a la víctima vulnerable, desprotegida, hacerla sentir que el lugar de trabajo no es un lugar seguro y ¿quién puede desempeñarse de la mejor manera, cuando se siente constantemente amenazada? Tocará empezar a hablar de las pérdidas económicas asociadas a esta conducta, quizá tocando algo que les duele (la plata) consideren no ser permisivos ni cómplices, puesto que si hay consecuencias económicas y de productividad en las empresas donde se presentan casos de acoso sexual. Ya que las consecuencias psicológicas y emocionales de la mujer víctima y su entorno, no parecen quitarles el sueño.

Las consecuencias varían de acuerdo a la víctima, pues no todas las personas tienen la misma capacidad para enfrentar situaciones de este tipo y las condiciones emocionales en las que se encuentre la persona tampoco son iguales.
Por ejemplo: las secuelas y consecuencias no van a ser las mismas entre una mujer que ha sido víctima de algún tipo de violencia de género que en una persona que no ha pasado por un episodio de estos.
Esto no quiere excusar ni minimizar el daño que la conducta del acosador tiene sobre ninguna de las dos, es tratar de concientizar que hay a quienes afecta más.
Una mujer que experimenta un duelo por la muerte de un ser querido y que tenga que enfrentar acoso laboral en su espacio de trabajo.
Una mujer que es víctima de violencia intrafamiliar y reciba mensajes, correos de un jefe o compañero de índole sexual, va a sufrir en mayor medida las consecuencias de estas conductas, que los hombres llaman de coqueteo o juegos.
No son lo uno, ni son lo otro.

La diferencia entre coqueteo y acoso es el consentimiento, un concepto que ha sido muy difícil de entender; tan difícil como sacarle de la cabeza a los hombres de que “cuando una mujer dice que no, quiere decir que sí” o “se está haciendo la difícil”, el nivel de egocentrismo no les da para concluir que, si a ti te gusta una mujer, ella no tiene que corresponderte. Ni tiene porque aceptar como si fuera un honor, conductas inapropiadas en su entorno laboral.


8.    MANIFIESTO CONTRA EL ACOSO SEXUAL LABORAL

Si como jefe, encargado del departamento de gestión humana, persona comprometida al cambio deseas consultar sobre herramientas que puedan ponerse en práctica en las empresas dejo el link en el cual podrás encontrar un MANIFIESTO EN CONTRA DEL ACOSO SEXUAL LABORAL







[i] Observatorio vasco sobre el acoso moral en el trabajo
[ii] Ley 1010 de 2006 Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
[iii] Ley 1010 de 2006 Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.
[iv] Red Colombiana de periodistas con visión de género ¿QUÉ ES EL ACOSO SEXUAL? Recuperado de http://www.redperiodistasgenero.org/que-es-el-acoso-sexual/
[v] Ley 1257 de 2008 (diciembre 4) “por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones”. Congreso de Colombia. 2008
[vi] Código penal colombiano, articulo 210 A
[vii] CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, M.P FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS
 SP107-2018 Radicado N° 49799. Aprobado Acta No. 38. Bogotá, D.C., 7 de febrero de 2018
[viii] Declaración relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo. Acoso sexual en el lugar de trabajo. Oficina internacional del trabajo. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---declaration/documents/publication/wcms_decl_fs_115_es.pdf

miércoles, 8 de julio de 2020

PROTOCOLO DE PREVENCION DE RIESGOS Y MITIGACION CORONAVIRUS-COVID19



A estas alturas, las empresas ya deben tener este protocolo elaborado y en funcionamiento. 
Pero no todas las pequeñas empresas han tenido la asesoría adecuada a este respecto, en este espacio, que propone facilitar herramientas que contribuyan al funcionamiento empresarial y sabiendo los desafíos económicos a los que todo el país se enfrenta, dejo un modelo de protocolo que puede ser empleado.

Todos los modelos requieren adaptarse para que corresponda a las necesidades y la realidad de la empresa y/o negocio que lo va a implementar. 
Tampoco pretende reemplazar la asesoría, porque si no se aplica de manera correcta, un papel no va a evitar el contagio. 
Más que un requisito, es una herramienta que permite tomar medidas para salvaguardar la salud de las personas, así que hago un llamado para que este sea tomado en serio. 

Cada ítem puede variar, en consideración de las particularidades de cada empresa, es un modelo genérico que busca servir de guía. Lea con cuidado, se pueden tomar más medidas o unas diferentes. 


PROTOCOLO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Y MITIGACIÓN CORONAVIRUS-COVID19


OBJETIVO: Establecer las medidas necesarias para prevenir los riesgos en la empresa y salud de nuestros empleados y clientes a causa del Coronavirus COVID-19 y la mitigación del mismo, manteniendo medidas sanitarias en todas las áreas de la empresa y proporcionar un entorno de trabajo saludable.
ALCANCE: Este procedimiento aplica para todos los procesos de NOMBRE DE LA EMPRESA
DEFINICIONES:

-        Alcohol: es un alcohol que en condiciones normales de presión y temperatura se presenta como un líquido incoloro e inflamable con una temperatura de ebullición de 78.4 °C.

-        Coronavirus COVID-19: es una enfermedad infecciosa causada por un nuevo virus que no había sido detectado en humanos hasta la fecha.

-        Cuestionario preventivo: Herramienta de cuestionamiento, con el fin de indagar la situación actual de salud del empleado.
-        El virus causa una enfermedad respiratoria como la gripe (influenza) con diversos síntomas (tos, fiebre, etc.) que, en casos graves, puede producir una neumonía.

-        Guantes de látex: son guantes desechables utilizados durante procedimientos médicos que impiden la contaminación cruzada entre el personal de la salud y los pacientes.

-        Mitigar: Atenuar o suavizar una cosa negativa, especialmente una enfermedad.

-        Riesgo: Posibilidad de que se produzca un contratiempo o una desgracia, de que alguien o algo sufra perjuicio o daño.

-        Tapabocas: máscara auto filtrante utilizada por cirujanos y personal médico y sanitario para contener bacterias provenientes de la nariz y la boca. Las máscaras quirúrgicas son usadas también por personas en espacios públicos ante brotes o epidemias de enfermedades transmitidas por vía respiratoria, o bien cuando el aire de un determinado lugar está contaminado.


ACTIVIDADES:

1.      MEDIDAS DE PREVENCIÓN: HIGIENE Y SEGURIDAD EN LOS ENTORNOS DE TRABAJO

Se ha establecido cambio de la jornada laboral estipulada en el reglamento interno de trabajo para evitar aglomeraciones en el transporte público. El horario establecido es el siguiente:



LUNES A VIERNES

SABADOS

DOMINGOS

JORNADA ÚNICA: Al tener menos de 20 personas laborando en la empresa, se mantiene una jornada única de trabajo, con horario reducido.
Todos los empleados de NOMBRE DE LA EMPRESA., deben cumplir a cabalidad los siguientes protocolos en las siguientes instancias:

1.1.  TRASLADO DE CASA A SITIO DE TRABAJO
-          Uso obligatorio de tapabocas.
-          Mantener el distanciamiento obligatorio, distancia de mínimo dos (2) metros para comunicación entre la población social.
-          Mantener un dispensador de agua y jabón portátil o alcohol para desinfectar inmediatamente las manos luego de palpar objetos en lugares públicos.
-          Evitar tocarse la cara (ojos, nariz y boca).

1.2.  AL INGRESAR A LAS INSTALACIONES DE LA EMPRESA:

-          Uso obligatorio de tapabocas.
-          Utilizar la bandeja de hipoclorito de sodio para limpiar la suela de los zapatos
-          Se medirá la temperatura a cada uno al momento de ingresar
-          Lavado de manos con un tiempo mínimo de 20 a 30 segundos
-          Desinfección de las pertenencias personales antes de ingreso a la empresa con alcohol etílico disponible.
-          Evitar abrir puertas con las manos, puede apoyarse con el codo o cuerpo para esto.

1.3.  DURANTE LA JORNADA DE TRABAJO:

-          Uso obligatorio de tapabocas.
-          Antes de iniciar sus labores limpiar las áreas de trabajo (escritorio, teléfono, computador, celular, impresora etc.…)  con alcohol glicerado al 70%.
-          Desinfectar los puestos de trabajo con frecuencia no mayor a dos (2) horas.
-          Lavar manos con una frecuencia no mayor a dos (2) horas o cada vez que se requiera
-          Mantener el distanciamiento obligatorio, distancia mínima dos (2) metros,
-           No pueden existir aglomeraciones de ningún tipo (se considera aglomeración a la reunión de más de 5 personas). Si hay que hablar entre 3 personas debe ser por una causa justificada que tenga que ver con sus funciones de trabajo.
-          Al entregar documentos se debe procurar no tocarse las manos entre personas, el documento o el objeto a entregar se deja sobre alguna superficie y luego el receptor se acerca y lo recoge.
-          Evitar abrir puertas con las manos, puede apoyarse con el codo o cuerpo para esto.
-          Si se presta el celular o cualquier otro objeto personal a un compañero, estos deben ser desinfectado con solución de alcohol antiséptico al 70% antes de entregarlo y/o devolverlos.
-          Las personas que se movilicen en vehículos y/o motos y bicicletas deben desinfectar las partes (Ver Anexo 1: Medidas a implementar para la prevención Coronavirus Covid-19 por conductores de equipos de carga, usuarios de vehículo particular, motocicletas y bicicletas emitido por el ministerio de salud)
-          El número de trabajadores se mantendrá por área de trabajo, a la que le corresponde 1 trabajador por área.
-          Los visitantes previos al ingreso a la empresa deberán portar uso obligatorio de tapabocas y guantes no estéril, nitrilo o caucho, mantener el distanciamiento obligatorio, distancia mínima dos (2) metros.
-          Las reuniones se evitarán en lo posible y en caso de realizarse se harán por grupos de 5 personas, manteniendo la distancia de 2 mts. Entre cada una

1.4.  DURANTE LA HORA DE ALMUERZO DEBEN:

-          Lavar sus manos con agua y jabón antes de iniciar su almuerzo.  
-          Mantener el distanciamiento obligatorio, distancia de mínima dos (2) metros
-          Para el almuerzo no deben haber más de 5 personas en el área destinada para esta actividad, se deben establecer turnos para uso de estos espacios.
-          No se permite el préstamo de cucharas, platos, pocillos, vasos, compartir alimentos luego de ser probados por alguna persona.
-          Colocar nuevamente su tapabocas inmediatamente finalice su almuerzo y haya realizado su higiene personal.
-          Mantener el área de almuerzo aseada y organizada.
-          Evitar toser o estornudar frente a sus compañeros.
-          Lavar sus manos con agua y jabón al finalizar su almuerzo. (Ver Instructivo correcto de lavado de manos).


1.5.  AL FINALIZAR SU JORNADA DE TRABAJO:

-          Uso obligatorio de tapabocas.
-          Desinfección de las pertenencias personales antes de la salida de la empresa con alcohol etílico disponible.
-          Mantener el distanciamiento obligatorio, distancia de mínima dos (2) metros
-          La empresa entregara a cada trabajador dos (2) tapa bocas con dos (2) pares de guantes.
-          Durante el traslado a su casa debe procurar establecer conversación lo menos posible, lo mismo que no usar su celular sino responder llamadas.

-           

2.      MEDIDAS DE CONTENCION

-          Cuestionario preventivo CORONAVIRUS COVID-19: Todo empleado que ingrese a la empresa o retome labores debe diligenciar el cuestionario preventivo CORONAVIRUS COVID-19, el cual estará aplicando el área de gestión humana previo al ingreso con ayuda del Comité de CORONAVIRUS COVID-19, con el fin conocer la condición de salud actual del empleado, buscando identificar posibles casos.
-          Reporte de salud: Cada trabajador debe dar información clara y veraz de su estado de salud al jefe inmediato, área de gestión humana y/o SST.
-          Empleados vulnerables: la población sensible al contagio de la enfermedad como los adultos mayores y las personas con afecciones crónicas (diabetes, hipertensión, antecedentes de enfermedades respiratorias, entre otras), se considerará realizar trabajo en caso teniendo en cuenta la sintomatología que presenta y la naturaleza de su trabajo.
-          Viajes: Los viajes planificados deberán revisarse, reprogramarse o cancelarse llegado el caso. Evitar el uso de los diferentes medios de transportes masivos (Transporte terrestre masivo, aviones, entre otros) debido a que son fuentes de riesgo de contagio.

3.      ¿QUE HACER EN CASO DE QUE UN TRABAJADOR PRESENTE SINTOMAS POR CORONAVIRUS COVID-19?

a.      Comunicar a su jefe inmediato o gestión humana
b.      Verificar que esté usando el tapaboca de manera adecuada
c.       Ubicarlo en la zona de aislamiento
d.      Aplicar encuesta de Coronavirus COVID 19
e.      Reportar el caso a la EPS
f.        Si el trabajador se encuentra en su casa y presenta síntomas debe informar al empleador, ambos deben informar a la EPS y a la secretaria de salud para evaluar su estado
g.      Realizar un listado de las personas que estuvieron en contacto los últimos 14 días con el trabajador a una distancia menor de 2 metros, en caso de ser positivo esta lista se entregará a la secretaria de salud para el aislamiento preventivo, este grupo de personas deberá reportar el cambio de su condición en la aplicación de coronAPP
h.      Limpiar todas las superficies y objetos de trabajo con alcohol al 70% de manera frecuente, en especial las zonas que tuvieron contacto con el trabajador.
i.        Dotar al personal de servicios generales de los elementos de protección individual dependiendo su nivel de exposición
j.        Se deben reportar los casos sospechosos de contagio de coronavirus COVID 19 a la secretaria de salud distrital, departamental o municipal a la EPS del trabajador y a la ARL


4.      ¿QUE HACER EN CASO DE QUE UN TRABAJADOR SEA AFECTADO POR CORONAVIRUS COVID-19?

Resultado de un trabajador positivo para CORONAVIRUS COVID-19:

  1. La gerencia, gestión humana y/o Coordinador SST debe reportar a la línea del centro de enlace 321 394 6552 del Ministerio de Salud y Protección Social para la notificación del evento.
  2. Lavar y/o desinfectar el lugar de trabajo y sus respectivos implementos del colaborador que presente síntomas.
  3. Reforzar a todos los trabajadores las medidas de autocuidado, lavado frecuente de mano, uso adecuado de los Elementos de Protección Personal y promover la ejecución de actividades con los lineamientos dados por el coordinador SST
  4. Solicitar información del seguimiento del caso en la institución prestadora de servicio en la IPS o EPS.
  5.  Implementar medidas que permitan identificar sintomatologías de afecciones entre los trabajadores de su equipo.


5.      COMUNICACIÓN INTERNA Y EXTERNA:

  • -          Comunicación empleados: Todos los empleados deben conocer los protocolos de prevención de contagio del coronavirus COVID19 y estar informados del desarrollo y decisiones de la empresa. Es por esto por lo que NOMBRE DE EMPRESA, dispone de los siguientes canales de comunicación: Correos electrónicos corporativos y personales, carteleras internas, teléfonos inteligentes, Mensajería instantánea (Teams, Whatsapp).


  • -        Comunicación clientes: Se dispone de los siguientes canales de comunicación: TELÉFONO, WHATSAPP , TELÉFONOS 


  •    Comunicación proveedores y aliados: Se dispone de los siguientes canales de               comunicación: Correo electrónico: CORREO DE EMPRESA comunicación               escrita.



6.      CAPACITACION EN PREVENCION CORONAVIRUS COVID-19:
Todo empleado de _________________, debe realizar las siguientes capacitaciones en prevención de Coronavirus COVID-19 las cuales contempla los siguientes temas:

  1. -          Factores de riesgos del hogar y la comunidad
  2. -          Factores de riesgos individuales
  3. -          Signos y síntomas
  4. -          Importancia de reporte de condiciones de salud
  5. -          Uso adecuado de los EPP
  6. -          Limpieza y desinfección
  7. -          Instructivo lavado de manos.
  8. -          Protocolo de prevención de Coronavirus COVID-19.
  9. -          Capacitación de Coronavirus COVID-19




7.      RESPONSABLE:

-          Gerencia
-          Comité Coronavirus COVID 19
-          Coordinadores SST


8.      REGISTROS:

-          Registro de asistencia.

9.      CAMBIOS Y MODIFICACIONES:


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