miércoles, 12 de febrero de 2025

SOBRE LAS PROPINAS

 




SOBRE LAS PROPINAS EN ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO

 

Por: Johanna Carolina Bula

 

INTRODUCCIÓN

Índice

Introducción

  1. Ley que reglamenta la materia en Colombia
    1.1. Ley 1935 de 2018
    1.2. Circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio
  2. Concepto de propina
  3. Cadena de servicios
  4. Establecimientos que pueden cobrar propina
  5. La propina como comportamiento cultural

  6. Teorías que explican el comportamiento de las propinas
    6.1. Teoría de la equidad
    6.2. Teoría del acto altruista
    6.3. Teoría de la gestión de impresiones
    6.4. Teoría de la norma social
  7. Respecto del precio
  8. La propina en Colombia no constituye salario
    8.1. Prohibición de conductas coercitivas
    8.2. Artículo 131 del Código Sustantivo del Trabajo
    8.3. Distribución equitativa de las propinas
  9. Respecto de la propina
    9.1. Carácter voluntario
    9.2. Límite del 10%
    9.3. Derecho del consumidor a aceptarla o modificarla
    9.4. Avisos informativos obligatorios
    9.5. Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio
  10. Soportes para la gestión de propinas
    10.1. Soportes normativos y políticas internas
    10.2. Soportes contables y administrativos
    10.3. Soportes legales
    10.4. Prohibiciones para los administradores
  11. Política interna para la distribución de propinas 
    11.1. Objetivo
    11.2. Alcance
    11.3. Naturaleza y destinación
    11.4. Responsable
    11.5. Directrices o lineamientos
    11.6. Prohibiciones a los empleadores
    11.7. Carácter no salarial de las propinas
  12. Control y entrega de propinas
    12.1. Liquidación de propinas
    12.2. Entrega de propinas
    12.3. Personal rotativo
    12.4. Control y soporte
    12.5. Excepciones
  13. Concepto legal del tratamiento tributario del recaudo de las propinas
    13.1. Estatuto tributario – Art. 512-9
    13.2. Contabilización de las propinas
    13.3. Cuenta PUC para propinas
    13.4. Deducibilidad de las propinas

Conclusión

Referencias

 

INTRODUCCIÓN

Las propinas tienen su origen en los vails, pequeños regalos monetarios que los aristócratas ingleses daban a sus sirvientes a finales de la Edad Media. Comenzaron siendo una forma de recompensar el trabajo extra o de ayudar en tiempos difíciles. En el siglo XVIII, los criados de las casas de campo y posadas esperaban estos regalos de los huéspedes, y las fuentes de la época se quejaban de su coste. (Mccaron, 2024)

En el siglo XVII comenzó a popularizarse este hábito y se convirtió en una costumbre de los viajeros que se hospedaban en casas privadas, quienes agradecían las atenciones de sus anfitriones pagando una pequeña cantidad de dinero. Con el tiempo, esta práctica abandonó las clases nobles y fue recogida por clientes de cafeterías y establecimientos comerciales londinenses. (Olascoaga, 2023)

Hay una conclusión recurrente en los análisis sobre las propinas y es que se sigue dejando por “miedo a la desaprobación social”, a que, si no se otorga, se estaría actuando por fuera de lo socialmente aceptado.

Como cualquier tema, por trivial que parezca, la propina genera controversia, entre quienes hacen parte de la cadena de servicio, los consumidores y los dueños de los establecimientos de comercio. Ya que desde la orilla desde donde se mire, se valora de diferente forma.

En nuestro país hay costumbres en el gremio de la restauración sobre la forma de repartir las propinas y es que el 100% de esta no va hacia el mesero o grupo de meseros, sino que se reparte entre las personas que intervienen en el proceso de prestar un excelente servicio, incluyendo producción, anfitriones y administradores.

En esta entrada del blog, me adentro en el tema de las propinas en el gremio de la restauración.

1. Ley que reglamenta la materia en Colombia

1.1. Ley que reglamenta la materia en Colombia: Ley 1935 de 2018 “por medio de la cual se reglamenta la naturaleza y destinación de las propinas” (Congreso de la República de Colombia , 2018).

1.2 Circular única de la superintendencia de industria y comercio

 

2. Concepto de propina

Concepto de propina: Se entiende por propina el reconocimiento en dinero que en forma voluntaria el consumidor otorga a las personas que hacen parte la cadena de servicios en los establecimientos comerciales de que trata el artículo 1 º de esta ley, por el buen servicio y producto recibido e independiente del valor de venta registrado.

 

3. Cadena de servicios: puede estar conformada por el cocinero, el mesero e incluso el recepcionista, anfitriones de los espacios de actividades, de modo que todos los trabajadores que contribuyeron a la prestación del servicio que dio lugar a la propina deben participar de ella.

 

4. Establecimientos que pueden cobrar propina

¿Qué establecimientos pueden cobrar propina?

Restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, discotecas, cafeterías y similares.

5. La propina como comportamiento cultural

Ciertamente lo es, no en todos los lugares la propina tiene la misma importancia, es más hay lugares en que puede considerarse ofensiva, por lo tanto, la forma como se valora esta práctica está dada por razones culturales.

En Asia, es una cuestión de orgullo, no tener una “cultura de la propina”, teniendo altos niveles en la atención al cliente.

Sin embargo, en Europa tenemos casos con perspectivas contrarias en este tema como las que tienen España y Dinamarca. Dinamarca carece de la cultura de la propina, mientras que, en España, el uso de esta costumbre es bastante extendido.

Razones de más para consultar sobre la cultura y las costumbres de cada lugar que visitemos, para no generar molestias innecesarias. Más vale prevenir con la información, que lamentar una confusión o una ofensa.

 

6. Teorías que explican el comportamiento de las propinas

6.1 La teoría de la equidad: Los individuos están motivados a tratar a los demás de manera equitativa.

6.2 La teoría del acto altruista: sugiere que los clientes dan propina a los empleados del restaurante para ayudarlos. 

6.3 La teoría de la gestión de impresiones: considera que los clientes dan propina para aparecer de forma positiva ante los demás.

6.4 La teoría de la norma social: considera que los clientes dan propina para seguir las normas y convenciones sociales. (Fernandez, Martin Rios, & al, 2024)

 

7. Respecto del precio:   

  • Se debe informar los precios a los consumidores a través de una lista de precios o través de cartas físicas.   
  • Sin importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información sea físico. El uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye dicha obligación. 
  • Si se elige el sistema de carta de precios, por lo menos una carta debe ser visible a los consumidores de tal forma que puedan consultar los precios antes de ingresar a dicho establecimiento.  
  • Para la visualización de los precios, los establecimientos no pueden exigirles requisitos adicionales a los consumidores, como, por ejemplo, registrarse en páginas web, proporcionar datos personales o conceder permisos de acceso a aplicaciones.  
  • No se deben usar textos, imágenes o elementos que induzcan en error al consumidor sobre el precio del producto, como lo son, por ejemplo, anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo “precios en miles de pesos colombianos” o “20K”; o utilizar expresiones indeterminadas como “según el tamaño” o “según el peso”; o el uso de palabras que no correspondan al idioma castellano. 
  • Estas disposiciones rigen a partir del 5 de septiembre de 2022, teniendo en cuenta que fueron publicadas en el Diario Oficial No. 52.148 de esa fecha. 

 

8.La propina en Colombia no constituye salario

8.1 Prohibición de conductas coercitivas

Es un pago voluntario por parte del cliente,

Existe la prohibición de estrategias y/o conductas coercitivas por parte de los comercios para exigirla y esta no debe superar el 10% de la cuenta.

En Colombia, los ingresos que por concepto de propinas reciban los trabajadores de los establecimientos de que trata esta ley no constituyen salario, y por consiguiente en ningún caso podrán considerar como factor salarial, de conformidad con el artículo 131 del código sustantivo del trabajo.

8.3 Artículo 131. Propinas

1. Las propinas que recibe el trabajador no constituye salario.

2. No puede pactarse como retribución del servicio prestado por el trabajador lo que éste reciba por propinas.

8.3 Distribución equitativa de las propina

¿Qué sucede cuando los trabajadores no se ponen de acuerdo respecto a la destinación de las propinas? En el evento de que no se llegue a un acuerdo por parte de los miembros de la cadena de servicios del establecimiento de comercio, las propinas serán distribuidas de manera equitativa entre cada uno de ellos. El empleador tendrá autonomía en los plazos para repartir dicho recaudo, siempre que este tiempo no sea superior a un mes

¿A qué se refiere la expresión “las propinas serán distribuidas de manera equitativa entre cada uno de ellos”?

"La distribución se debe acordar con los trabajadores que reciben propinas": 

Indica que la responsabilidad de definir cómo se reparten las propinas recae en la negociación con los trabajadores directamente afectados, como los meseros, cocineros, bartenders, et

"Ser equitativo": 

Este es el criterio fundamental para la distribución. El acuerdo debe ser justo y equilibrado para todos los trabajadores involucrados en la prestación del servicio. 

 

9.Respecto de la propina:   

9.1 Carácter voluntario: La propina es un reconocimiento voluntario del consumidor a las personas que hacen parte de la cadena de servicios por el buen servicio y producto recibido, por lo que depende plenamente del consumidor su pago o no.   

9.2 límite del 10%: El establecimiento puede sugerir el valor de la propina, siempre que no supere el 10% del valor del servicio prestado, y se le debe preguntar al consumidor, cuando este solicita la liquidación de su cuenta, si desea incluirla en la factura o si desea pagar una cuantía diferente.   

9.3 Derecho del consumidor: El consumidor puede decidir no pagar la propina o modificar su cuantía en cualquier momento, incluso después de que se haya emitido la factura de venta, si no se le preguntó antes de emitirla.  

9.4 Avisos informativos obligatorios: Mediante avisos fijados a la entrada del establecimiento, en las cartas y en las listas de precios, se debe informar a los consumidores sobre la voluntariedad de la propina y su destinación, así como el correlativo derecho que les asiste de no pagarla o de modificar su cuantía cuando esta les sea sugerida.   

9.5 Competencia de la superintendencia de Industria y Comercio: En el mismo aviso anterior, se deben informar a los consumidores que, ante cualquier inconveniente con el cobro de la propina, puede comunicarse con la Superintendencia de Industria y Comercio a través de sus canales de atención telefónica o por el correo institucional contactenos@sic.gov.co.   

  • Estas disposiciones entraron a regir desde el 5 de noviembre de 2022.    

El incumplimiento de estas disposiciones podría causar la imposición de multas

10. Soportes para la gestión de propinas

En Colombia, los establecimientos que manejan propinas deben contar con una serie de soportes administrativos, contables y legales para garantizar un manejo transparente y el cumplimiento de la Ley 1935 de 2018. Estos son los soportes necesarios para la entrega y gestión de las propinas: 

10.1 Soporte normativo y políticas internas

10.1.1 Reglamento Interno de Trabajo: Debe incluir las reglas claras sobre la recolección y distribución de las propinas entre los trabajadores. Es crucial que el personal conozca y acepte estas directrices.

10.1.2 Acuerdo de distribución: Si no hay un acuerdo previo en el reglamento, la distribución se debe acordar con los trabajadores que reciben propinas (meseros, cocineros, bartenders, etc.). Este acuerdo debe documentarse y ser equitativo.

10.1.3 Avisos informativos: Se debe colocar un aviso visible para los clientes en la entrada, en las cartas o listas de precios, que especifique:

·         La propina es voluntaria.

·         El porcentaje sugerido (máximo del 10%).

·         El destino de los fondos (quiénes se benefician).

·         Los canales para quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). 

10.2 Soportes contables y administrativos

10.2.1 Comprobantes de recaudo: Se debe llevar un registro claro de las propinas recibidas, tanto en efectivo como a través de medios electrónicos (tarjetas, billeteras virtuales). Las propinas no son ingresos para el empleador, sino para el trabajador, por lo que deben manejarse en una cuenta separada.

10.2.2 Registros de distribución: Se debe documentar la entrega de las propinas a cada trabajador. Este registro debe incluir:

·         Nombre del empleado.

·         Monto entregado.

·         Fecha de entrega.

·         Firma del trabajador o evidencia de la transferencia electrónica.

10.2.3 Reporte en información exógena: Según la DIAN, el establecimiento debe reportar las propinas recibidas en la información exógena. Se debe reportar quién recibió el ingreso (el cliente) y para quién fue el ingreso (el trabajador). 

10.2.4 Registro diario de propinas: Mantener un registro diario de las propinas que reciben los empleados para un adecuado control

 

10.3 Soportes legales:

1. tener una política interna de distribución de las propinas

2. Estar prohibido el uso de estas para fines diferentes a la retribución del personal perteneciente a la cadena de servicios

3. Incluir el tratamiento y la política de distribución de las propinas en el reglamento interno de trabajo.

10.4 Prohibiciones para los administradores

La Ley 1935 de 2018 prohíbe explícitamente a los propietarios y administradores: 

  • Intervenir en la distribución de las propinas.
  • Destinar las propinas para cubrir gastos del establecimiento (reposición de elementos, sueldos, etc.).
  • Retener al trabajador la parte que le corresponde por concepto de propina. 

Incumplir con estos soportes y normativas puede acarrear multas y sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El objetivo es proteger los derechos de los trabajadores y garantizar un manejo transparente del dinero recibido como propina

11. Política Interna para la distribución de las propinas: (Propuesta que debe y puede ser modificada de acuerdo a cada establecimiento de comercio)

En cumplimiento de la ley 1935 de 2018, por medio de la cual se reglamenta la naturaleza y destinación de las propinas en XXXXXXXXXXX, se expide la siguiente política de pago de propinas.

1.    Objetivo: Asegurar la aplicación de la Ley 1935 de 2018, por medio de la cual se reglamente la naturaleza y destinación de las propinas, estableciendo limites claros para la correcta liquidación, control y entrega de las propinas al personal que integra la cadena de servicios en los establecimientos de comercio de XXXXXXXXXXXX, garantizando transparencia, responsabilidad y trazabilidad del recurso.

2.    Alcance: Esta política aplica para todos los empleados de todos los establecimientos de comercio de XXXXXXXXXX.

3.    Naturaleza y destinación de las propinas: Las propinas son el producto de acto de mera liberalidad del cliente, que tiene interés de gratificar el servicio, siendo beneficiarios de la destinación del dinero del producto de forma exclusiva y única las personas involucradas en la cadena de servicio.

En los eventos de no acuerdo por parte de los beneficiarios de la cadena de servicio, las propinas serán distribuidas de manera equitativa entre cada uno de ellos. El empleador será autónomo en los plazos para repartir dicho recaudo, siempre y cuando este tiempo no sea superior a un (1) mes.

4.    Responsable: Todos los empleados de XXXXXXXX que hagan parte de la cadena de servicios. En ningún evento la propina podrá superar el 10% del valor del servicio prestado, cuando sea sugerida por el establecimiento de comercio e incorporada a la factura con la respectiva aceptación del cliente consumidor.

5.    Directriz o Lineamiento: En concordancia con la Ley 1935 de 2018, XXXXXXXXXXX en concordancia con el fomento de buenas prácticas, reconoce el otorgamiento de las propinas en los establecimientos de comercio que hacen parte de la sociedad. El monto de la propina no podrá superar el porcentaje establecido por la ley, cuando Los restaurantes deben tener una política clara y pública que especifique a quiénes se destinan las propinas, cómo se reparten entre los empleados (incluyendo meseros, personal de cocina y bartenders) y los mecanismos para la distribución justa, la cual puede basarse en porcentajes o puntos, según lo acuerden los trabajadores.

6.    Prohibiciones a los empleadores en las propinas: Se prohíbe a los propietarios y/ o administradores que fungen en calidad de empleadores, según la ley, referente a la  intervención de cualquier manera en la distribución de las propinas o hacer destinaciones de gastos que por su naturaleza le corresponden al establecimiento de comercio, tales como elementos de trabajo pago de turnos, reposiciones de inversión o cualquier otra que no corresponda al pago del trabajador; no puede pactarse como retribución del servicio prestado por el trabajador por lo que el trabajador reciba de propinas y bajo ningún evento se podrá efectuar retención de conceptos de propinas al trabajador.

7.    Carácter no Salarial de las propinas: Las propinas que recibe el trabajador no constituyen salario y, por consiguiente, en ningún caso se podrán considerar factor salarial de acuerdo con el artículo 131 del Código Sustantivo del trabajo.

12. Control y Entrega de Propinas:

1.    Liquidación de propinas

a.    Las propinas serán liquidadas (establecer número de días)  con base en las ventas registradas en cada punto de venta

b.    Se aplicará un descuento del ______ sobre el total recaudado en propinas con el objetivo de garantizar la propina del personal de producción y cocina.

c.    La liquidación debe ser reportada  diariamente al área contable y al jefe inmediato

 

2.    Entrega de propinas 

a.    La entrega de las propinas debe realizarse (se debe establecer la cantidad de días) por el/la administrador del punto de venta

b.    En caso de descanso de el /la administrador (a) la entrega debe ser asumida por (establecer si puede ser hecha por otra persona diferente al administrador o debe esperarse que finalice su descanso)

c.    Si el punto no cuenta con reemplazo de administrador , la entrega de la propina se realizará a su regreso ---- o el administrador rotante puede hacer la entrega ¿? esto puede estar sujeto a cambios de acuerdo a las políticas internas. 

d.    No está permitido acumular propinas por más de ____ días / semanas , excepto si hay una novedad de falta de efectivo, lo cual debe ser informado a contabilidad y coordinación operativa de forma inmediata

e.    Es responsabilidad del punto de venta mantener efectivo disponible para cumplir la entrega oportuna

 

3.    Personal Rotativo

a. Si un colaborador apoya dos puntos en un mismo día, el último punto donde laboró (el de cierre) es responsable de entregarle sus propinas.

b. En caso de que el colaborador descanse al día siguiente, debe notificar al administrador del punto donde finalizó la jornada, para que la propina sea consignada el día siguiente o entregada antes del descanso.


4. Control y Soporte

a.    Se debe llevar un registro físico de firmas de entrega por parte de cada beneficiario.

b.    Si no hay soporte firmado de la entrega, se descontará al responsable la totalidad de dicha propina.

c.    Queda prohibido realizar entregas de propinas superiores a lo liquidado, siendo responsabilidad del administrador cualquier error o descuadre.

d.    Los descuadres serán descontados directamente de la propina del día. Si la propina no cubre el monto, se concertará con el departamento contable.


4.    Excepciones:

a)   En caso de no estar presente el administrador/ la administradora, el dinero de las propinas debe guardarse en :__________, y la entrega deberá hacerse a su regreso, junto con la consignación correspondiente de esos días.

b)    Esta situación deberá ser informada inmediatamente a Contabilidad.

 

13. Concepto legal del tratamiento tributario del recaudo de las Propinas

13.1 Estatuto tributario. Art. 512-9. Base gravable y tarifa en el servicio de restaurantes.

*La base gravable en el servicio prestado por los restaurantes está conformada por el precio total de consumo, incluidas las bebidas acompañantes de todo tipo y demás valores adicionales.

En ningún caso la propina, por ser voluntaria, hará parte de la base del impuesto nacional al consumo. Tampoco harán parte de la base gravable los alimentos excluidos del impuesto sobre las ventas que se vendan sin transformaciones o preparaciones adicionales.

La tarifa aplicable al servicio es del ocho por ciento (8%) sobre todo consumo.

El impuesto debe discriminarse en la cuenta de cobro, tiquete de registradora, factura o documento equivalente y deberá calcularse previamente e incluirse en la lista de precios al público, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 618 de este Estatuto.

El hecho de que la propina figure en la factura no significa que la propina deba ser facturada; se incluye en la factura para efecto de control, debido a que la propina se trata como un ingreso para terceros, que son los empleados y en caso de ser recibida o recaudada por la empresa se debe contabilizar como un pasivo.

La propina no hace parte del precio el servicio, y por lo tanto no integra la base para liquidar el impuesto al consumo ni el impuesto a las ventas, ni se practica retención en la fuente sobre sobre ella.

13.2 Contabilización de las propinas

¿Las propinas se deben facturar?

Como ya señalamos, la propina es voluntaria y no pertenece al establecimiento de comercio, sino a los empleados; por consiguiente, como la propina no es un ingreso para la empresa, en principio, no se debe facturar.

Sin embargo, la Ley 1935 considera que sí es posible incluir la propina en la factura, si el cliente lo autoriza.

El parágrafo 1 del artículo 3 de la Ley 1935 señala:

«En ningún caso la propina podrá superar el 10% del valor del servicio prestado, cuando esta sea sugerida por el establecimiento de comercio e incorporada en la factura con la aceptación del consumidor.»

Adicionalmente, el inciso segundo del artículo 4 de la misma ley dispone:

«Adicionalmente, la persona que atiende al cliente, deberá preguntarle a este si desea que su propina voluntaria, sea o no incluida en la factura o en el documento equivalente, o que indique el valor que quiere dar como propina.»

Es decir, que si el cliente autoriza incluir en la factura la propina, esta se puede incluir en ella, pero ese ítem no tiene efectos tributarios.

Es decir, si bien la propina puede incorporarse en la factura, el valor de la propina, al no ser un ingreso para el establecimiento o empresa, no se incluye para efectos de liquidar el IVA, el impuesto al consumo o la retención en la fuente.

La presencia de la propina en la factura es meramente informativa para efecto del control y para lo relacionado con el tratamiento laboral que se debe dar a las propinas, tema desarrollado en el siguiente artículo.

¿Cómo se contabiliza la propina?

Si la empresa es quien recauda las propinas, estamos ante un ingreso para terceros, pues, como ya señalamos, las propinas no son un ingreso para el establecimiento, sino para el trabajador, que es un tercero.

En consecuencia, las propinas recaudadas se contabilizan en el pasivo, más exactamente en el pasivo por ingresos para terceros, en la cuenta 2815, pudiéndose crear una subcuenta específicamente para las propinas, y luego crear un tercero para cada trabajador que recibe propinas.

En consecuencia, el registro contable sería el siguiente, suponiendo que el pago de las propinas se realice en efectivo:

Cuenta

Débito

Crédito

1105

xxx

 

2815

 

xxxx

 

Cuando la empresa entregue las propinas al trabajador, el asiento contable será el siguiente:

Cuenta

Débito

Crédito

2815

xxx

 

1105

 

xxxx

 

Si el recaudo o pago no se hace en efectivo, sino por medio de una cuenta bancaria, se utiliza la cuenta 1110 en lugar de la 1105.

Si la empresa no recauda la propina, como en los casos en que el cliente la paga directamente al trabajador, no debe hacer ninguna contabilización.

13.3 Cuenta del PUC para propinas

La cuenta del PUC para registrar las propinas es la 2815, que es un ingreso para terceros, pero para diferenciar las propinas de los demás ingresos para terceros que pudiera haber en la empresa, es preciso crear una subcuenta, como la 281505, por ejemplo.

13. 4 ¿Las propinas son deducibles de renta en Colombia?

Las propinas, al ser un pago voluntario y que no remunera un servicio, pueden no ser deducibles del impuesto a la renta, por no tener relación de necesidad, y además, de carecer de un soporte válido, pues no se facturan; si bien pueden figurar en la factura, es de forma simplemente informativa, tanto así que el cliente puede optar por no pagar ese valor facturado.

                                                                                                                                                  

CONCLUSIÓN:

Por costumbre, por no ser rechazado socialmente o por retribuir un buen servicio, la propina hace parte de la cultura social en el gremio restaurantero (y de otros servicios), no debe en ningún caso reemplazar un salario digno.

Es una costumbre, que suscita en cada persona un sentimiento en particular, bien sea por no considerarla apropiada, teniendo en cuenta que ya se paga un precio por el plato de comida; también hay quienes consideran que el buen servicio debe ser parte de la experiencia y no algo que deba ser monetizado o bien consideren que, si el buen servicio es solo con el propósito de recaudar la propina, entonces la amabilidad y la diligencia son un negocio.

Mientras que quienes hacen parte de la cadena de servicios deben tener plena aceptación de la decisión del cliente de pagarla o no y de cuantificarla como este disponga, sin que esto genere un mal final en la experiencia, pudiendo dañar el recuerdo de una comida maravillosa.

No se trata de una crítica a una costumbre extendida, la intención es acercar a todas las partes al punto de vista de todos los involucrados, mostrando un panorama general y datos curiosos sobre la misma.

Y desde cualquier orilla hay unos lineamientos legales y contables que deben ser cumplidos, así como una responsabilidad ética de los administradores y propietarios de los establecimientos de comercio.

 

 

 

Referencias

Congreso de la República de Colombia . (3 de agosto de 2018). Funcionpublica.go.co . Obtenido de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=87873#:~:text=Por%20medio%20de%20la%20cual,o%20haya%20lugar%20a%20ella.

Fernandez, S., Martin Rios, C., & al, e. (2024). ¿Dejar propina o no? Explicación del comportamiento en materia de propinas en restaurantes con precios que incluyen el servicio. International Journal of Hospitality Management, 117, 11. Recuperado el 12 de Enero de 2025, de https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0278431923002141

Mccaron, M. (27 de Febrero de 2024). Los estadounidenses odian las propinas casi desde que nació la tradición. Obtenido de Nathional Geographic: https://www.nationalgeographic.es/historia/2024/02/propinas-estados-unidos-odio-pirncipio-asi-nacio-tradicion#:~:text=Las%20propinas%20tienen%20su%20origen,de%20ayudar%20en%20tiempos%20dif%C3%ADciles.

Olascoaga, A. (2023). El extraño origen de la propina y por qué en algunos países es obligatorio darla. Obtenido de Muy interesante: https://www.muyinteresante.com.mx/historia/385.html

https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/60092587/08SI2019731100000004117_Propinas_Dotacion_Acoso_Laboral.pdf

¿qué es una propina y cómo se contabiliza? gerencie.com/contabilizacion-de-las-propinas-que-recibe-un-trabajador.html

 

 

 

 


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