SOBRE LAS PROPINAS EN ESTABLECIMIENTOS
DE COMERCIO
Por: Johanna
Carolina Bula
INTRODUCCIÓN
Índice
Introducción
- Ley que reglamenta la materia en
Colombia
1.1. Ley 1935 de 2018
1.2. Circular única de la Superintendencia de Industria y Comercio - Concepto de propina
- Cadena de servicios
- Establecimientos que pueden cobrar
propina
- La propina como comportamiento
cultural
- Teorías que explican el
comportamiento de las propinas
6.1. Teoría de la equidad
6.2. Teoría del acto altruista
6.3. Teoría de la gestión de impresiones
6.4. Teoría de la norma social - Respecto del precio
- La propina en Colombia no
constituye salario
8.1. Prohibición de conductas coercitivas
8.2. Artículo 131 del Código Sustantivo del Trabajo
8.3. Distribución equitativa de las propinas - Respecto de la propina
9.1. Carácter voluntario
9.2. Límite del 10%
9.3. Derecho del consumidor a aceptarla o modificarla
9.4. Avisos informativos obligatorios
9.5. Competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio - Soportes para la gestión de
propinas
10.1. Soportes normativos y políticas internas
10.2. Soportes contables y administrativos
10.3. Soportes legales
10.4. Prohibiciones para los administradores - Política interna para la
distribución de propinas
11.1. Objetivo
11.2. Alcance
11.3. Naturaleza y destinación
11.4. Responsable
11.5. Directrices o lineamientos
11.6. Prohibiciones a los empleadores
11.7. Carácter no salarial de las propinas - Control y entrega de propinas
12.1. Liquidación de propinas
12.2. Entrega de propinas
12.3. Personal rotativo
12.4. Control y soporte
12.5. Excepciones - Concepto legal del tratamiento
tributario del recaudo de las propinas
13.1. Estatuto tributario – Art. 512-9
13.2. Contabilización de las propinas
13.3. Cuenta PUC para propinas
13.4. Deducibilidad de las propinas
Conclusión
Referencias
INTRODUCCIÓN
Las
propinas tienen su origen en los vails, pequeños regalos monetarios
que los aristócratas ingleses daban a sus sirvientes a finales de la Edad
Media. Comenzaron siendo una forma de recompensar el trabajo extra o de ayudar
en tiempos difíciles. En el siglo XVIII, los criados de las casas de campo y
posadas esperaban estos regalos de los huéspedes, y las fuentes de la época se
quejaban de su coste.
En
el siglo XVII comenzó a popularizarse este hábito y se convirtió en
una costumbre de los viajeros que se hospedaban en casas privadas,
quienes agradecían las atenciones de sus anfitriones pagando una pequeña
cantidad de dinero. Con el tiempo, esta práctica abandonó las clases nobles y
fue recogida por clientes de cafeterías y establecimientos
comerciales londinenses.
Hay
una conclusión recurrente en los análisis sobre las propinas y es que se sigue
dejando por “miedo a la desaprobación social”, a que, si no se otorga, se
estaría actuando por fuera de lo socialmente aceptado.
Como
cualquier tema, por trivial que parezca, la propina genera controversia, entre
quienes hacen parte de la cadena de servicio, los consumidores y los dueños de
los establecimientos de comercio. Ya que desde la orilla desde donde se mire,
se valora de diferente forma.
En
nuestro país hay costumbres en el gremio de la restauración sobre la forma de
repartir las propinas y es que el 100% de esta no va hacia el mesero o grupo de
meseros, sino que se reparte entre las personas que intervienen en el proceso
de prestar un excelente servicio, incluyendo producción, anfitriones y
administradores.
En
esta entrada del blog, me adentro en el tema de las propinas en el gremio de la
restauración.
1.
Ley que reglamenta la materia en Colombia
1.1.
Ley que reglamenta la materia en Colombia: Ley 1935 de 2018 “por medio de la cual se reglamenta la
naturaleza y destinación de las propinas”
1.2
Circular única de la superintendencia de industria y comercio
2.
Concepto de propina
Concepto
de propina: Se entiende
por propina el reconocimiento en dinero que en forma voluntaria el consumidor
otorga a las personas que hacen parte la cadena de servicios en los
establecimientos comerciales de que trata el artículo 1 º de esta ley, por el
buen servicio y producto recibido e independiente del valor de venta
registrado.
3.
Cadena de servicios:
puede estar conformada por el cocinero, el mesero e incluso el recepcionista,
anfitriones de los espacios de actividades, de modo que todos los trabajadores
que contribuyeron a la prestación del servicio que dio lugar a la propina deben
participar de ella.
4.
Establecimientos que pueden cobrar propina
¿Qué
establecimientos pueden cobrar propina?
Restaurantes, bares, clubes sociales o
culturales, discotecas, cafeterías y similares.
5. La propina como comportamiento cultural
Ciertamente
lo es, no en todos los lugares la propina tiene la misma importancia, es más
hay lugares en que puede considerarse ofensiva, por lo tanto, la forma como se
valora esta práctica está dada por razones culturales.
En
Asia, es una cuestión de orgullo, no tener una “cultura de la propina”,
teniendo altos niveles en la atención al cliente.
Sin
embargo, en Europa tenemos casos con perspectivas contrarias en este tema como
las que tienen España y Dinamarca. Dinamarca carece de la cultura de la
propina, mientras que, en España, el uso de esta costumbre es bastante
extendido.
Razones
de más para consultar sobre la cultura y las costumbres de cada lugar que
visitemos, para no generar molestias innecesarias. Más vale prevenir con la
información, que lamentar una confusión o una ofensa.
6. Teorías que explican el comportamiento de las propinas
6.1
La teoría de la equidad: Los individuos están motivados a tratar a los demás de
manera equitativa.
6.2 La teoría del acto altruista: sugiere que los clientes dan propina a los empleados del restaurante para ayudarlos.
6.3 La teoría de la gestión de impresiones: considera que los clientes dan propina para aparecer de forma positiva ante los demás.
6.4
La teoría de la norma social: considera que los clientes dan propina para
seguir las normas y convenciones sociales.
7.
Respecto del precio:
- Se
debe informar los precios a los consumidores a través de una lista de
precios o través de cartas físicas.
- Sin
importar el sistema de precios que elija el establecimiento, se debe
garantizar siempre la visibilidad del precio y que el medio de información
sea físico. El uso de medios tecnológicos es facultativo y no sustituye
dicha obligación.
- Si se
elige el sistema de carta de precios, por lo menos una carta debe ser
visible a los consumidores de tal forma que puedan consultar los precios
antes de ingresar a dicho establecimiento.
- Para
la visualización de los precios, los establecimientos no pueden exigirles
requisitos adicionales a los consumidores, como, por ejemplo, registrarse
en páginas web, proporcionar datos personales o conceder permisos de
acceso a aplicaciones.
- No se
deben usar textos, imágenes o elementos que induzcan en error al
consumidor sobre el precio del producto, como lo son, por ejemplo,
anuncios en decenas o centenas con aclaraciones del tipo “precios en miles
de pesos colombianos” o “20K”; o utilizar expresiones indeterminadas como
“según el tamaño” o “según el peso”; o el uso de palabras que no
correspondan al idioma castellano.
- Estas
disposiciones rigen a partir del 5 de septiembre de 2022, teniendo en
cuenta que fueron publicadas en el Diario Oficial No. 52.148 de esa
fecha.
8.La
propina en Colombia no constituye salario
8.1
Prohibición de conductas coercitivas
Es
un pago voluntario por parte del cliente,
Existe
la prohibición de estrategias y/o conductas coercitivas por parte de los
comercios para exigirla y esta no debe superar el 10% de la cuenta.
En
Colombia, los ingresos que por concepto de propinas reciban los trabajadores de
los establecimientos de que trata esta ley no constituyen salario, y por
consiguiente en ningún caso podrán considerar como factor salarial, de
conformidad con el artículo 131 del código sustantivo del trabajo.
8.3
Artículo 131. Propinas
1.
Las propinas que recibe el trabajador no constituye salario.
2. No puede pactarse como retribución del servicio prestado por el trabajador
lo que éste reciba por propinas.
8.3
Distribución equitativa de las propina
¿Qué
sucede cuando los trabajadores no se ponen de acuerdo respecto a la destinación
de las propinas? En
el evento de que no se llegue a un acuerdo por parte de los miembros de la
cadena de servicios del establecimiento de comercio, las propinas serán
distribuidas de manera equitativa entre cada uno de ellos. El empleador tendrá
autonomía en los plazos para repartir dicho recaudo, siempre que este tiempo no
sea superior a un mes
¿A
qué se refiere la expresión “las propinas serán distribuidas de manera
equitativa entre cada uno de ellos”?
"La
distribución se debe acordar con los trabajadores que reciben
propinas":
Indica
que la responsabilidad de definir cómo se reparten las propinas recae en la
negociación con los trabajadores directamente afectados, como los meseros,
cocineros, bartenders, et
"Ser
equitativo":
Este
es el criterio fundamental para la distribución. El acuerdo debe ser justo
y equilibrado para todos los trabajadores involucrados en la prestación del
servicio.
9.Respecto
de la propina:
9.1
Carácter voluntario: La
propina es un reconocimiento voluntario del consumidor a las personas que hacen
parte de la cadena de servicios por el buen servicio y producto recibido, por
lo que depende plenamente del consumidor su pago o no.
9.2
límite del 10%: El
establecimiento puede sugerir el valor de la propina, siempre que no supere el
10% del valor del servicio prestado, y se le debe preguntar al consumidor,
cuando este solicita la liquidación de su cuenta, si desea incluirla en la
factura o si desea pagar una cuantía diferente.
9.3
Derecho del consumidor:
El consumidor puede decidir no pagar la propina o modificar su cuantía en
cualquier momento, incluso después de que se haya emitido la factura de venta,
si no se le preguntó antes de emitirla.
9.4
Avisos informativos obligatorios:
Mediante avisos fijados a la entrada del establecimiento, en las cartas y en
las listas de precios, se debe informar a los consumidores sobre la
voluntariedad de la propina y su destinación, así como el correlativo derecho
que les asiste de no pagarla o de modificar su cuantía cuando esta les sea
sugerida.
9.5
Competencia de la superintendencia de Industria y Comercio: En el mismo aviso anterior, se deben
informar a los consumidores que, ante cualquier inconveniente con el cobro de
la propina, puede comunicarse con la Superintendencia de Industria y Comercio a
través de sus canales de atención telefónica o por el correo
institucional contactenos@sic.gov.co.
- Estas
disposiciones entraron a regir desde el 5 de noviembre de 2022.
El incumplimiento de estas disposiciones
podría causar la imposición de multas
10. Soportes para la gestión de propinas
En Colombia, los establecimientos que
manejan propinas deben contar con una serie de soportes administrativos,
contables y legales para garantizar un manejo transparente y el cumplimiento de
la Ley 1935 de 2018. Estos son los soportes necesarios para la entrega y
gestión de las propinas:
10.1 Soporte normativo y políticas
internas
10.1.1 Reglamento Interno de Trabajo: Debe incluir las reglas claras
sobre la recolección y distribución de las propinas entre los trabajadores. Es
crucial que el personal conozca y acepte estas directrices.
10.1.2 Acuerdo de distribución: Si no hay un acuerdo previo en el
reglamento, la distribución se debe acordar con los trabajadores que reciben
propinas (meseros, cocineros, bartenders, etc.). Este acuerdo debe documentarse
y ser equitativo.
10.1.3 Avisos informativos: Se debe colocar un aviso visible
para los clientes en la entrada, en las cartas o listas de precios, que
especifique:
·
La
propina es voluntaria.
·
El
porcentaje sugerido (máximo del 10%).
·
El
destino de los fondos (quiénes se benefician).
·
Los
canales para quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio
(SIC).
10.2 Soportes contables y
administrativos
10.2.1 Comprobantes de recaudo: Se debe llevar un registro claro
de las propinas recibidas, tanto en efectivo como a través de medios
electrónicos (tarjetas, billeteras virtuales). Las propinas no son ingresos
para el empleador, sino para el trabajador, por lo que deben manejarse en una
cuenta separada.
10.2.2 Registros de distribución: Se debe documentar la entrega de
las propinas a cada trabajador. Este registro debe incluir:
·
Nombre
del empleado.
·
Monto
entregado.
·
Fecha
de entrega.
·
Firma
del trabajador o evidencia de la transferencia electrónica.
10.2.3 Reporte en información exógena: Según la DIAN, el establecimiento
debe reportar las propinas recibidas en la información exógena. Se debe
reportar quién recibió el ingreso (el cliente) y para quién fue el ingreso (el
trabajador).
10.2.4 Registro diario de propinas: Mantener un registro diario de las
propinas que reciben los empleados para un adecuado control
10.3 Soportes legales:
1. tener una política interna de distribución de las propinas
2. Estar prohibido el uso de estas para fines diferentes a la
retribución del personal perteneciente a la cadena de servicios
3. Incluir el tratamiento y la política de distribución de
las propinas en el reglamento interno de trabajo.
10.4 Prohibiciones para los
administradores
La Ley 1935 de 2018 prohíbe
explícitamente a los propietarios y administradores:
- Intervenir
en la distribución de las propinas.
- Destinar
las propinas para cubrir gastos del establecimiento (reposición de
elementos, sueldos, etc.).
- Retener
al trabajador la parte que le corresponde por concepto de propina.
Incumplir con estos soportes y
normativas puede acarrear multas y sanciones por parte de la Superintendencia
de Industria y Comercio (SIC). El objetivo es proteger los derechos de los
trabajadores y garantizar un manejo transparente del dinero recibido como
propina
11. Política Interna para la distribución de las propinas: (Propuesta que debe y puede ser modificada de acuerdo a cada establecimiento de comercio)
En cumplimiento de la ley 1935 de 2018,
por medio de la cual se reglamenta la naturaleza y destinación de las propinas en XXXXXXXXXXX, se expide la siguiente política de pago de
propinas.
1. Objetivo: Asegurar la aplicación de la Ley 1935
de 2018, por medio de la cual se reglamente la naturaleza y destinación de las
propinas, estableciendo limites claros para la correcta liquidación, control y
entrega de las propinas al personal que integra la cadena de servicios en los
establecimientos de comercio de XXXXXXXXXXXX, garantizando
transparencia, responsabilidad y trazabilidad del recurso.
2. Alcance: Esta política aplica para todos los
empleados de todos los establecimientos de comercio de XXXXXXXXXX.
3. Naturaleza y destinación de las
propinas: Las propinas
son el producto de acto de mera liberalidad del cliente, que tiene interés de
gratificar el servicio, siendo beneficiarios de la destinación del dinero del
producto de forma exclusiva y única las personas involucradas en la cadena de
servicio.
En los eventos de no acuerdo por parte de los beneficiarios de la cadena de servicio, las propinas serán distribuidas de manera equitativa entre cada uno de ellos. El empleador será autónomo en los plazos para repartir dicho recaudo, siempre y cuando este tiempo no sea superior a un (1) mes.
4. Responsable: Todos los empleados de XXXXXXXX que hagan parte de la cadena de servicios. En ningún evento
la propina podrá superar el 10% del valor del servicio prestado, cuando sea
sugerida por el establecimiento de comercio e incorporada a la factura con la
respectiva aceptación del cliente consumidor.
5. Directriz o Lineamiento: En concordancia con la Ley 1935 de
2018, XXXXXXXXXXX en concordancia con el fomento de buenas
prácticas, reconoce el otorgamiento de las propinas en los establecimientos de
comercio que hacen parte de la sociedad. El monto de la propina no podrá
superar el porcentaje establecido por la ley, cuando Los restaurantes deben
tener una política clara y pública que especifique a quiénes se destinan las
propinas, cómo se reparten entre los empleados (incluyendo meseros, personal de
cocina y bartenders) y los mecanismos para la distribución justa, la cual puede
basarse en porcentajes o puntos, según lo acuerden los trabajadores.
6. Prohibiciones a los empleadores en las
propinas: Se prohíbe a
los propietarios y/ o administradores que fungen en calidad de empleadores,
según la ley, referente a la intervención de cualquier manera en la
distribución de las propinas o hacer destinaciones de gastos que por su
naturaleza le corresponden al establecimiento de comercio, tales como elementos
de trabajo pago de turnos, reposiciones de inversión o cualquier otra que no
corresponda al pago del trabajador; no puede pactarse como retribución del
servicio prestado por el trabajador por lo que el trabajador reciba de propinas
y bajo ningún evento se podrá efectuar retención de conceptos de propinas al
trabajador.
7.
Carácter
no Salarial de las propinas: Las
propinas que recibe el trabajador no constituyen salario y, por consiguiente,
en ningún caso se podrán considerar factor salarial de acuerdo con el artículo
131 del Código Sustantivo del trabajo.
12. Control y Entrega de Propinas:
1. Liquidación de propinas
a.
Las
propinas serán liquidadas (establecer número de días) con
base en las ventas registradas en cada punto de venta
b.
Se
aplicará un descuento del ______ sobre el total recaudado en propinas con el
objetivo de garantizar la propina del personal de producción y cocina.
c.
La
liquidación debe ser reportada diariamente al área contable y al jefe
inmediato
2. Entrega de propinas
a.
La
entrega de las propinas debe realizarse (se debe establecer la cantidad de días) por el/la administrador
del punto de venta
b.
En
caso de descanso de el /la administrador (a) la entrega debe ser asumida
por (establecer si puede ser hecha por otra persona diferente al administrador o debe esperarse que finalice su descanso)
c.
Si
el punto no cuenta con reemplazo de administrador , la entrega de la propina se realizará a su
regreso ---- o el administrador rotante puede hacer la entrega ¿? esto puede estar sujeto a cambios de acuerdo a las políticas internas.
d.
No
está permitido acumular propinas por más de ____ días / semanas , excepto si
hay una novedad de falta de efectivo, lo cual debe ser informado a contabilidad
y coordinación operativa de forma inmediata
e.
Es
responsabilidad del punto de venta mantener efectivo disponible para cumplir la
entrega oportuna
3.
Personal Rotativo
a. Si un colaborador apoya dos puntos en un
mismo día, el último punto donde laboró (el de cierre) es responsable de
entregarle sus propinas.
b. En caso de que el colaborador descanse al día siguiente, debe notificar al administrador del punto donde finalizó la jornada, para que la propina sea consignada el día siguiente o entregada antes del descanso.
4. Control y Soporte
a. Se debe
llevar un registro físico de firmas de entrega por parte de cada beneficiario.
b. Si no hay
soporte firmado de la entrega, se descontará al responsable la totalidad de
dicha propina.
c. Queda
prohibido realizar entregas de propinas superiores a lo liquidado, siendo
responsabilidad del administrador cualquier error o descuadre.
d. Los descuadres serán descontados directamente de la propina del día. Si la propina no cubre el monto, se concertará con el departamento contable.
4. Excepciones:
a) En caso de
no estar presente el administrador/ la administradora, el dinero de las
propinas debe guardarse en :__________, y la entrega deberá hacerse a su
regreso, junto con la consignación correspondiente de esos días.
b) Esta situación
deberá ser informada inmediatamente a Contabilidad.
13. Concepto legal del tratamiento
tributario del recaudo de las Propinas
13.1 Estatuto tributario. Art.
512-9. Base gravable y tarifa en el servicio de restaurantes.
*La base gravable en el servicio prestado por los
restaurantes está conformada por el precio total de consumo, incluidas las
bebidas acompañantes de todo tipo y demás valores adicionales.
En ningún caso la propina, por ser
voluntaria, hará parte de la base del impuesto nacional al consumo. Tampoco
harán parte de la base gravable los alimentos excluidos del impuesto sobre las
ventas que se vendan sin transformaciones o preparaciones adicionales.
La tarifa aplicable al servicio es del
ocho por ciento (8%) sobre todo consumo.
El impuesto debe discriminarse en la
cuenta de cobro, tiquete de registradora, factura o documento equivalente y
deberá calcularse previamente e incluirse en la lista de precios al público,
sin perjuicio de lo señalado en el artículo 618 de este Estatuto.
El hecho de que la propina figure en la
factura no significa que la propina deba ser facturada; se incluye en la
factura para efecto de control, debido a que la propina se trata como un ingreso
para terceros, que son los empleados y en caso de ser recibida o recaudada por
la empresa se debe contabilizar como un pasivo.
La propina no hace parte del precio el
servicio, y por lo tanto no integra la base para liquidar el impuesto al
consumo ni el impuesto a las ventas, ni se practica retención en la fuente
sobre sobre ella.
13.2 Contabilización de las propinas
¿Las propinas se deben facturar?
Como ya señalamos, la propina es
voluntaria y no pertenece al establecimiento de comercio, sino a los empleados;
por consiguiente, como la propina no es un ingreso para la empresa, en
principio, no se debe facturar.
Sin embargo, la Ley 1935 considera que
sí es posible incluir la propina en la factura, si el cliente lo autoriza.
El parágrafo 1 del artículo 3 de la Ley
1935 señala:
«En ningún caso la propina podrá superar
el 10% del valor del servicio prestado, cuando esta sea sugerida por el
establecimiento de comercio e incorporada en la factura con la aceptación del
consumidor.»
Adicionalmente, el inciso segundo del
artículo 4 de la misma ley dispone:
«Adicionalmente, la persona que atiende
al cliente, deberá preguntarle a este si desea que su propina voluntaria, sea o
no incluida en la factura o en el documento equivalente, o que indique el valor
que quiere dar como propina.»
Es decir, que si el cliente autoriza
incluir en la factura la propina, esta se puede incluir en ella, pero ese ítem
no tiene efectos tributarios.
Es decir, si bien la propina puede
incorporarse en la factura, el valor de la propina, al no ser un ingreso para
el establecimiento o empresa, no se incluye para efectos de liquidar el IVA, el
impuesto al consumo o la retención en la fuente.
La presencia de la propina en la factura
es meramente informativa para efecto del control y para lo relacionado con el
tratamiento laboral que se debe dar a las propinas, tema desarrollado en el
siguiente artículo.
¿Cómo se contabiliza la propina?
Si la empresa es quien recauda las
propinas, estamos ante un ingreso para terceros, pues, como ya señalamos, las
propinas no son un ingreso para el establecimiento, sino para el trabajador,
que es un tercero.
En consecuencia, las propinas recaudadas
se contabilizan en el pasivo, más exactamente en el pasivo por ingresos para
terceros, en la cuenta 2815, pudiéndose crear una subcuenta específicamente
para las propinas, y luego crear un tercero para cada trabajador que recibe
propinas.
En consecuencia, el registro contable
sería el siguiente, suponiendo que el pago de las propinas se realice en
efectivo:
|
Cuenta |
Débito
|
Crédito |
|
1105 |
xxx |
|
|
2815 |
|
xxxx |
Cuando la empresa entregue las propinas
al trabajador, el asiento contable será el siguiente:
|
Cuenta |
Débito
|
Crédito |
|
2815 |
xxx |
|
|
1105 |
|
xxxx |
Si el recaudo o pago no se hace en
efectivo, sino por medio de una cuenta bancaria, se utiliza la cuenta 1110 en
lugar de la 1105.
Si la empresa no recauda la propina,
como en los casos en que el cliente la paga directamente al trabajador, no debe
hacer ninguna contabilización.
13.3 Cuenta del PUC para propinas
La cuenta del PUC para registrar las
propinas es la 2815, que es un ingreso para terceros, pero para diferenciar las
propinas de los demás ingresos para terceros que pudiera haber en la empresa,
es preciso crear una subcuenta, como la 281505, por ejemplo.
13. 4 ¿Las propinas son deducibles de
renta en Colombia?
Las propinas, al ser un pago voluntario
y que no remunera un servicio, pueden no ser deducibles del impuesto a la
renta, por no tener relación de necesidad, y además, de carecer de un soporte
válido, pues no se facturan; si bien pueden figurar en la factura, es de forma
simplemente informativa, tanto así que el cliente puede optar por no pagar ese
valor facturado.
CONCLUSIÓN:
Por costumbre, por no ser rechazado
socialmente o por retribuir un buen servicio, la propina hace parte de la
cultura social en el gremio restaurantero (y de otros servicios), no debe en
ningún caso reemplazar un salario digno.
Es una costumbre, que suscita en cada
persona un sentimiento en particular, bien sea por no considerarla apropiada,
teniendo en cuenta que ya se paga un precio por el plato de comida; también hay
quienes consideran que el buen servicio debe ser parte de la experiencia y no
algo que deba ser monetizado o bien consideren que, si el buen servicio es solo
con el propósito de recaudar la propina, entonces la amabilidad y la diligencia
son un negocio.
Mientras que quienes hacen parte de la
cadena de servicios deben tener plena aceptación de la decisión del cliente de
pagarla o no y de cuantificarla como este disponga, sin que esto genere un mal
final en la experiencia, pudiendo dañar el recuerdo de una comida maravillosa.
No se trata de una crítica a una
costumbre extendida, la intención es acercar a todas las partes al punto de
vista de todos los involucrados, mostrando un panorama general y datos curiosos
sobre la misma.
Y desde cualquier orilla hay unos lineamientos
legales y contables que deben ser cumplidos, así como una responsabilidad ética
de los administradores y propietarios de los establecimientos de comercio.
Referencias
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Colombia . (3 de agosto de 2018). Funcionpublica.go.co . Obtenido de
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=87873#:~:text=Por%20medio%20de%20la%20cual,o%20haya%20lugar%20a%20ella.
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precios que incluyen el servicio. International Journal of Hospitality
Management, 117, 11. Recuperado el 12 de Enero de 2025, de
https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0278431923002141
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Geographic:
https://www.nationalgeographic.es/historia/2024/02/propinas-estados-unidos-odio-pirncipio-asi-nacio-tradicion#:~:text=Las%20propinas%20tienen%20su%20origen,de%20ayudar%20en%20tiempos%20dif%C3%ADciles.
Olascoaga, A. (2023). El extraño origen de la propina y por qué en
algunos países es obligatorio darla. Obtenido de Muy interesante:
https://www.muyinteresante.com.mx/historia/385.html
https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/60092587/08SI2019731100000004117_Propinas_Dotacion_Acoso_Laboral.pdf
¿qué es una
propina y cómo se contabiliza? gerencie.com/contabilizacion-de-las-propinas-que-recibe-un-trabajador.html

